Ordenanza Nro.1591: Donación de una fracción de terreno, propiedad de los Señores David Edgardo Tonicelli y Rubén Venancio Tonicelli.

 

VISTO:

               La donación de una superficie de terreno realizada por los señores David Edgardo Tonicelli y Rubén Venancio Tonicelli, según acta de donación de fecha Agosto de 2023, debidamente certificada por la Escribana Verónica Lombardi; y,

CONSIDERANDO:

 

               Que se trata de la donación de los metros necesarios destinado a ensanche de Bv. Bell Ville entre calles Elisa y Juan Manuel de Rosas; identificado como Lote “A”, ubicado en la Manzana S-208, al Sur de las vías férreas y se compone de 133,00 mts. de frente al Norte por igual contrafrente al Sur y en sus costados Este y Oeste mide 6,40 mts., lindando al Norte con más terreno de los Sres. Tonicelli David E. y Rubén V., al Este con resto calle Juan M. de Rosas, al Sur con Bv. Bell Ville y al Oeste, con resto de Lote “Ensanche” y Lote “12”; encerrando una superficie total de 851,20 m2; según se detalla en plano de mensura confeccionado por el Ing. Geógrafo Juan Jaime Rostagno Matrícula 20050-6, a aprobar por el S.C.I.T. de la ciudad de Rosario; inscripto al Dominio Tomo: 239 – Folio: 104 – N° 42228 del Año 2020; empadronado en el Impuesto Inmobiliario bajo la partida en mayor área N° 13-06-00 182.179/0000-8; 

                Que en consecuencia corresponde aceptar la donación referida;

 

POR ELLO:

EL CONCEJO MUNICIPAL DE ARMSTRONG, SANCIONA LA SIGUIENTE 

ORDENANZA N° 1591

ARTÍCULO 1°: Aceptase la donación de superficie de terreno propiedad de DAVID EDGARDO TONICELLI y RUBÉN VENANCIO TONICELLI, ubicado en el Distrito Armstrong y que de acuerdo al plano de mensura confeccionado por el Ing. Geógrafo Juan Jaime Rostagno Matrícula 20050-6, a aprobar por el S.C.I.T. de la ciudad de Rosario; inscripto al Dominio Tomo: 239 – Folio: 104 – N° 42228 del Año 2020; empadronado en el Impuesto Inmobiliario bajo la partida en mayor área N° 13-06-00 182.179/0000-8.

ARTÍCULO 2°: Tomar posesión inmediata de la fracción de terreno, cuya superficie total donada se estipula en los considerandos de la presente ordenanza, conforme al plano confeccionado al efecto.

 

ARTÍCULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese y dése al R.M.-

 

Armstrong, Septiembre 12 de 2023.- 


ORDENANZAS